30/04/2024

Concurrió al trabajo de ella, mandó a llamarla y la hirió de gravedad con una trincheta

La damnificada fue la médica pediatra Andrea Alcaraz. Su esposo, Pablo Vandecabeye, fue condenado a 13 años de prisión el 29 de junio de 2012. El ataque se produjo en abril de 2010, en la explanada del hospital Juan Pablo II. 



En momentos en que los hechos de violencia de género no alcanzaban aún tanta repercusión y análisis en los medios de comunicación, se produjo el ataque a una mujer en un hospital. Fueron protagonistas una médica, quien resultó herida de gravedad, y un agente de propaganda médica o visitador. El hombre atacó con una trincheta a su exmujer, quedó detenido y, en el juicio oral y público, lo condenaron a 13 años de prisión por tentativa de homicidio agravado por el vínculo. 
“Les pido perdón a ella y a nuestro hijo”, dijo Pablo Germán Vandecabeye, antes de escuchar la sentencia. En ese entonces tenía 39 años. 
“Siento algo de alivio. Pero aún tengo miedo. Estoy agradecida por todo el apoyo recibido”, comentó la médica padiatra Susana Andrea Noemí Alcaraz, que tenía 35 años. Terminaba de escuchar el fallo y se retiraba de la audiencia.

“No quise matarla”

Después del ataque se inició una batalla legal. La víctima, para demostrar el carácter violento de Vandecabeye y el agresor, para poner de manifiesto que no había intención de matar y una forma de buscar un atenuante a la hora de la condena.
El juicio se inició a mediados de mayo de 2012 en el Tribunal Oral Penal Nº 2 y terminó el 29 de junio, con la sentencia a 13 años de prisión para Pablo Vandecabeye.
Ricardo Sosa, abogado de la médica, solicitó una pena de 15 años al sostener que el acusado tuvo una acción deliberada y pretendió acabar con la vida de la mujer.
El representante del Ministerio Público Fiscal, Gustavo Schmitt, dijo en la audiencia que “Vandecabeye la agredió sin discusión previa. La víctima podría haber muerto si no contaba con ayuda inmediata. Además, provocó un  daño muy grande no solo a ella, sino también al entorno familiar”. El fiscal solicitó una pena de 13 años de cárcel.


Por su parte, la defensa, a cargo del abogado José Guillermo Escalante, solicitó al Tribunal que el hecho fuera encuadrado como un delito de lesiones graves en un contorno de un estado de emoción violenta. Y, en caso de una condena, pidió que se contemple una pena de entre 1 y 6 años.
Escalante remarcó que “nunca existió la intención de matar ni la premeditación”. En ese sentido señaló que “si había premeditación, el ataque se habría cometido en otro lugar y no donde hay circulación de mucha gente”.
Acotó que “el caso fue muy mediatizado por lo que a Vandecabeye ya lo habían condenado socialmente como la peor de las personas  cuando en este hecho puntual  no existió la violencia de género”.
Vandecabeye, al hablar en la audiencia, acusó a Andrea de infiel. Pero la mujer lo negó rotundamente y contó los maltratos físicos y psicológicos que venía sufriendo desde hacía años.

Rechazo de Casación

A fines de octubre de 2013, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de Casación que presentó la defensa de Vandecabeye.
Escalante fundamentó el recurso alegando inobservancia o errónea aplicación de la ley. Sostuvo que el imputado reconocía los hechos pero jamás tuvo la intención de matar a la mujer. Remarcó que no se probó la premeditación de quitar la vida y que para que haya intención o dolo, debían existir hechos preparatorios. 
“Vandecabeye, como siempre y todos los sábados, concurrió a hablar con su ex esposa. Está acreditado que salieron juntos caminando y que nunca la abrazó mientras le decía ‘caminá que tengo una navaja’”. 
Insistió en que el hombre debía ser condenado por lesiones graves en emoción violenta.
Los jueces del STJ, al evaluar la presentación de la defensa y los fundamentos del fallo del TOP Nº 2, dejaron sentado que “indudablemente el carácter de las lesiones nos lleva a afirmar que estamos ante una tentativa de homicidio y no frente a lesiones graves, y debemos considerar dos aspectos. El primero, el lugar de las lesiones tal como quedó definido y en segundo lugar, el rápido auxilio de la emergencia del hospital Pediátrico, donde se desempeñaba la víctima, ya que dada la cantidad de sangre perdida –que le causo un shock hipovolémico– si el hecho ocurría en zonas más alejadas de un hospital, se producía el desenlace fatal”.
Agregaron que “la defensa se olvidó de que las heridas requirieron una intervención quirúrgica, de allí que estuviera en riesgo la vida de Alcaraz. Además, la profundidad  provocó una intensa hemorragia, que requirió tratamiento inmediato y pérdida del conocimiento de la víctima. La herida  no fue más profunda por la defensa ejercida por la víctima y era importante por su ubicación, largo y trayectoria, lo cual nos obligó a pensar en qué hubiera pasado si no se interponían las manos de la víctima, que desviaron la profundidad de la lesión o la intervención rauda del testigo”.
Vandecabeye cumplirá su condena en 2023.

El traumático final de una convivencia 

* El ataque de Vandecabeye a Andrea Alcaraz ocurrió cerca de las 9 del sábado 24 de abril de 2010. Utilizó una trincheta.

* En una mezcla de gritos y llanto, Andrea corrió hacia el interior y fue auxiliada por personal del hospital Pediátrico.

* Un policía que se hallaba de guardia intervino y detuvo al agresor. Luego, el procedimiento quedó a cargo de la comisaría jurisdiccional.

* Cuando Vandecabeye pidió hablar con su esposa, fue atendida por una enfermera. Esta le dijo que su mujer se hallaba ocupada en esos momentos.

* El hombre insistió en que era urgente y, al salir Andrea al encuentro, se produjo el ataque.