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“Una condena no se dicta en base a indicios”, dice la jueza Godoy Prats sobre el fallo por el crimen de Tamara

Los jueces “no investigan sino que analizan las pruebas aportadas en el debate”, asegura una de las magistradas del tribunal que absolvió a Raúl Escalante por insuficiencia probatoria.



9.5.18 | Tras la marcha de este martes en contra del fallo por el crimen de Tamara Salazar, el Tribunal Oral Penal (TOP) Nº 1 dio a conocer los fundamentos de la sentencia por la que el único imputado, Raúl Alberto Escalante, fue absuelto por insuficiencia probatoria.  
La jueza Cynthia Godoy Prats defendió el fallo al asegurar que los jueces “no investigan sino que analizan las pruebas aportadas en el debate, por las partes querellante, fiscal y defensa y las pruebas realizadas durante la instrucción son ofrecidas por estos para que ingresen a juicio”.
“Un juez jamás puede condenar ante una duda razonable que surja de la propia causa”, aseveró Godoy Prats y añadió: “Una condena se dicta en base a pruebas y no a indicios”.
La familia de Tamara Salazar, hallada muerta en enero de 2016 a la vera de la ruta 5, está convencida de que “hay pruebas” para inculpar a Escalante como el autor del asesinato de la joven: homicidio agravado mediando violencia de género. Por ello, la defensa de los Salazar recurrirá a Casación para que se revea el fallo del TOP Nº 1, que estuvo integrado por, además de Godoy Prats, Ana del Carmen Figueredo y Raúl Guerín.
El fallo, dictado el 26 de abril, no fue unánime. Guerín solicitó 20 años de prisión por el delito de homicidio simple.
Tamara fue hallada muerta en la mañana del 13 de enero de 2016 por una persona que dio aviso a la policía de Palmar Grande. El cuerpo estaba a la vera de la ruta 5 a la altura del km 42. La autopsia reveló que la joven falleció por estrangulamiento y no presentaba signos de violencia sexual, ningún otro signo de violencia física en el cuerpo y que tenía hematomas epicraneales en los huesos delanteros y laterales, no así en la parte posterior de la cabeza.

“No hubo más pruebas de que él la haya matado”

“No se condena con indicios si no son unívocos o concordantes, sino con pruebas. Y aquí había dudas razonables respecto de la autoría del hecho, porque efectivamente el ADN hallado en Tamara da cuenta de la relación sexual con Escalante, puede ser prueba indirecta y un principio de oportunidad porque estuvo con ella, pero luego no hubo más pruebas de que él la haya matado”, dijo Godoy Prats.
La magistrada indicó que los peritajes realizados en el vehículo de Escalante “evidenciaron la presencia de pelo, que no se peritó, y de un cable, un cordón de zapatillas y una mancha que no eran compatibles con evidencia biológica alguna. No se peritó [sic] short ni ropa interior masculina, ni otros elementos hallados en el baúl, como herramientas de albañilería”.
“Cuando los peritos de la UDT UFIE del Poder Judicial concurrieron a recabar más pruebas, como luminol, no lo pudieron hacer porque el auto estaba cerrado y no se dispuso su apertura, al menos con cerrajeros. En Tacuaral se dispusieron allanamientos, se secuestraron celulares de las personas de la casa a dónde estuvo [sic], no se investigó qué datos sacaron de ellos, se secuestraron sábanas y una mochila que habría sido del imputado, esta última no se peritó y las sábanas no arrojaron resultado alguno”.

“A nosotros nos tienen que demostrar la culpabilidad” 

La jueza planteó dudas respecto del lugar donde Tamara fue hallada: “Sabemos que allí no murió –porque lo aseveró el único forense ofrecido como prueba y dio las razones de por qué lo dijo–, sino que fue arrojada allí, en una ruta que en vacaciones tenía tránsito, no es una ruta inhóspita. Tampoco tenemos certezas respecto al horario exacto en que falleció, porque hay un tiempo de sobrevida que es muy amplio entre autopsia y forense. No tenemos el lazo o cinto con el que la mataron; y además se llevaron y no peritaron objetos encontrados en esa escena (como una bolsa, una botella de gaseosa, un anillo). Alguien manipuló el teléfono de la víctima, que no fue hallado, porque en el mismo momento en que el forense de la policía la examinaba en la ruta y a la tarde mientras se hacía la autopsia su número hacía llamadas salientes a números que no investigaron si tenían conexión con el imputado, ni siquiera a dónde [sic] estaba radicada la antena que dado lo que dijeron las empresas, eso sí podían tener registrado”.
“Si Escalante mintió sobre haberla dejado en el Paraje 89, ¿quién refutó eso desde diciembre a hoy cuando empezó el debate? ¿Quién pidió investigar esa zona? (…) Desde el TOP no podemos de oficio pedir nada porque nosotros no investigamos. A nosotros nos tienen que demostrar la culpabilidad o no del imputado”, aseveró.
“Las partes acusadoras no dieron razones suficientes del lugar de muerte, de la hora de muerte, del objeto con el que la mataron, quedó en grado de probabilidad, y ello alcanza para el procesamiento, más no para la condena que requiere certeza”, sostuvo Godoy Prats. 

La sentencia completa