26/04/2024

Confirman condena de 8 años por un robo doblemente agravado



La Corte Provincial ratificó la condena de 8 años dispuesta por el Tribunal de Juicio Unipersonal de Mercedes de un hombre acusado del delito de robo doblemente agravado por su comisión con arma y en lugar despoblado. El hecho ocurrió el 8 de marzo de este año en un paraje rural de Curuzú Cuatiá.

El Alto Cuerpo confirmó la sentencia del tribunal de juicio unipersonal de Mercedes que condeno a 8 años a un hombre que el 8 de marzo de este año en el Paraje Tunita, Tercera Sección de Curuzú Cuatiá, ingresó al inmueble de la víctima, una mujer de 74 años de edad, y con amenazas robó dinero y pertenencias.

El condenado se hizo pasar por un portero de la escuela Lobori y tras intercambiar unas palabras le hizo creer que se trataba de un portero y se apoderó ilegítimamente de todo el efectivo que se encontraba en la caja registradora. No resultándole suficiente tomó un cuchillo pequeño y pidió más dinero. La víctima -sujetada con violencia del cuello-, lo condujo hasta su dormitorio, donde  obtuvo una mayor suma de dinero.

El Tribunal de Juicio unipersonal de la Ciudad de Mercedes, integrado para esta causa por el doctor Juan Manuel Muschietti, se traslado a la ciudad de Curuzu Cuatia donde llevo adelante el juicio oral,  lo declaró autor material y penalmente responsable del delito de robo doblemente agravado por su comisión con arma y en lugar despoblado, ambos en concurso ideal (arts. 45, 54, 166, inciso 2°, primer supuesto, y 167 inciso 1°, del Código Penal).

Y lo condenó a 8 años de prisión, (arts. 12, 29, inciso 3°, 40, 41, 45, 166 inciso 2° y 167 inciso 1° del Código Penal y 473 y 474 del Código Procesal Penal).

Estuvieron presentes en el Salón de Acuerdos los Ministros doctores Luis Eduardo Rey Vázquez; Eduardo Panseri; Fernando Augusto Niz; Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chain. En forma virtual estuvo el Fiscal Adjunto doctor Jorge Omar Semhan.

La defensa

La defensa particular, a cargo del doctor Marcelo Fabián Pucheta, cuestionó la descalificación de la totalidad de la prueba en favor del imputado por parte del magistrado, quien hizo consideraciones espurias respecto de los testimonios de cargo, analizó deficientemente elementos subjetivos del tipo penal, y violentó el principio de duda en favor de su defendido.

Criticó la arbitrariedad en la imposición de pena: la consideró extremadamente excesiva ya que el hombre no tenía antecedentes penales, se trataba de una persona analfabeta, su condición social era baja y vivía de changas. Además estaba esperando un hijo. 

Para la defensa quedó demostrado que en los videos grabados en etapa de debate se demostraba la arbitrariedad vulnerando el principio propio del sistema penal.