05/05/2024

​Solamente 3 de cada 10 legisladores son mujeres en el país

En solo un distrito hay igual número de legisladores varones y de mujeres. La Rioja, Salta, San Juan y Entre Ríos tienen una representatividad femenina por debajo del 20%. Corrientes, cuyo gobernador impulsa una ley sobre la materia, alcanza a 31,11%.



En solo 10 de los 24 distritos del país, las Legislaturas cumplen con la paridad de género. De las 32 cámaras legislativas, en 30 son más varones que mujeres y en 12 la presencia femenina está por debajo del 30%, revela un informe de la Universidad Austral. 
El estudio, titulado “Participación de la mujer en las legislaturas provinciales”, señala que, si se toman los datos por provincia, Santiago del Estero es la única que alcanza la paridad del 50%, mientras que los 23 distritos restantes los varones superan a las mujeres. La Rioja, Salta, San Juan y Entre Ríos tienen una representatividad femenina por debajo del 20%.
Con respecto la presencia femenina por región, la Patagonia es la que más representantes femeninas tiene en el Poder Legislativo: el 35,75% de los legisladores son mujeres. Mientras que la única que está por debajo del 30% es la del Noroeste, pese a que algunas de las provincias que componen esta región tienen alta participación de la mujer.
La investigación también aporta datos detallados sobre la presencia femenina dentro de los movimientos políticos más conocidos a escala nacional. Con el  35,38%, Cambiemos es la fuerza con más legisladoras provinciales, seguida por el Partido Justicialista (PJ) con 32,08%. 
Por su parte, el Frente para la Victoria (FPV) tiene 30,92% de representación femenina en las cámaras legislativas provinciales y la Izquierda –compuesta por el Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT) y el Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS)–, el 30%. En el último lugar se encuentra el Frente Renovador, que no supera el 22% de legisladoras provinciales.
El informe aclara que en muchos casos se trata de legisladores que tienen algún tipo de alianza con los movimientos políticos mencionados, es decir, que no pertenecen de manera directa a esos movimientos.
“La tarea legislativa constituye una parte importante de ese liderazgo social orientado al servicio a la comunidad. La distribución sanamente equilibrada del poder de decisión así como de la posibilidad de proyectar y de proponer –en este caso, desde las bancas legislativas–, redunda en beneficio de todo el tejido social”, manifiesta Verónica Toller, profesora de la Universidad Austral.

Representación 

En el capítulo “Legislación provincial sobre cuotas de género y paridad de género”, se señala que, de las 7 provincias que se proponen la paridad de género, solo Santiago del Estero cumple con esta meta. Con respecto a las 16 provincias que se proponen un cupo femenino del 30%, 10 alcanzan el objetivo.
“Los avances logrados por la legislación nacional respecto de la participación femenina tuvieron de inmediato su correlato en las legislaciones provinciales. Sin embargo, todas estas iniciativas legislativas no son sinónimo de que tales objetivos se cumplan cabalmente”, analiza la autora del informe.
Toller sostiene que la perspectiva o visión de la mujer en la tarea parlamentaria generó nuevos temas en la agenda pública. “Violencia familiar, violencia contra la mujer, igualdad de género, cambios en las definiciones legales de vejámenes sexuales y de trata de personas, programas de procreación responsable, perspectivas educativas, cambios en los sistemas de adopciones, cuestiones referidas a la cuota alimentaria, al medio ambiente, a la regulación de los agroquímicos, son temas concretos extraídos de proyectos parlamentarios trabajados por mujeres y forman parte de esa nueva mirada sobre la agenda pública que está aportando la mujer en Argentina”, detalla.
 

 

El proyecto que impulsa Valdés

El proyecto que envió el gobernador Gustavo Valdés a la Legislatura establece que las listas de candidatos se conformen por candidatos y candidatas en forma alternada, esto es 50% para cada género. 
“Incorporar la participación política equitativa entre géneros en todos los cargos políticos electivos establecidos por la Constitución provincial y las leyes, y en el ámbito representativo de los partidos políticos, en la provincia de Corrientes”, establece el artículo 1º del proyecto de ley.
El artículo 2º determina claramente que “el género del candidato/a estará determinado” por su DNI, “independiente de su sexo biológico”.
La iniciativa alcanza además a la Ley Nº 3767, Orgánica de los partidos políticos. Se propone modificar el artículo 26º con la incorporación de “la equidad  de género en la conformación de las listas para cargos partidarios como así también al acceso a dichos cargos partidarios”.
En el artículo 6º del proyecto de ley, se establece que el Código Electoral Provincial debe reemplazar el término “candidato” por “candidato/candidata”.
Finalmente, el artículo 8º determina que se abrogue la Ley Nº 4673 de cupo femenino.   

Fuente: Parlamentario