08/05/2024

Oficializaron el pago de una asignación de $ 5.000 para los trabajadores del sector privado

El decreto presidencial fue publicado este martes en el Boletín Oficial.



El decreto presidencial que establece la obligatoriedad del pago de una “asignación no remunerativa” a partir de noviembre a todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado se publicó este martes en el Boletín Oficial.
La suma, de $ 5.000, “será otorgada por los empleadores en 50% con los salarios de noviembre, pagaderos en diciembre, y el 50% restante con los salarios de enero de 2019, pagaderos en febrero”.
El decreto Nº 1043/2018 precisa que “cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el convenio colectivo aplicable”.
Asimismo indicó que “las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo, representantes de los trabajadores y empleadores, en ejercicio de su autonomía colectiva, podrán adecuar la implementación de lo dispuesto en el presente decreto en materia de plazos y montos para aquellas actividades o sectores que se encuentren especialmente en crisis o declinación productiva”.
También definió que “las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hubiesen pactado colectivamente un incremento sobre los ingresos de los trabajadores, en concepto de revisión salarial de la pauta oportuna mente acordada en la negociación colectiva de 2018, podrán compensar aquel aumento con la suma total de la asignación establecida hasta su concurrencia, salvo que acuerden expresamente su no absorción”.
“Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo podrán establecer que las sumas se computen hasta dicho monto, a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del 2018”, señala el decreto.
La norma subrayó que “quedan excluidos de los alcances del presente decreto los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, cualquiera sea su modalidad de vinculación o el régimen laboral aplicable”.
También precisa que “se encuentran excluidos del presente decreto los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario, y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, y establece “hasta el 31 de marzo de 2019 un procedimiento por el cual los empleadores, antes de disponer despidos sin justa causa de trabajadores con contratos de trabajo por tiempo indeterminado, deberán comunicar la decisión al Ministerio de
Producción con una anticipación no menor a 10 días hábiles previo a hacerla efectiva”.

Con información de Télam