08/05/2024

Designan a los integrantes de las Juntas de Disciplina y de Clasificación docentes

El gobernador firmó los decretos con los nombramientos de los representantes del Estado en las mesas donde se definen cargos, ascensos y sanciones. 



20.6.18 | El gobernador Gustavo Valdés firmó los Decretos N° 1377/18, 1375/18 y 1378/18, a través de los cuales quedaron designados los miembros que representarán al Estado en las Juntas de Disciplina y de Clasificación, de los niveles primario y secundario. Con este procedimiento, quedaron normalizadas las instituciones que conforman el sistema educativo de la provincia.
La resolución de Valdés permitirá tener una presencia oficial en las mesas de discusión que por el momento venían funcionando sólo con la representación gremial.
La directora de Educación Secundaria, Práxedes López, puso en funciones a las profesoras Adriana Jelincic; Sonia Acevedo; Lucía Falero y Graciela Francini en la Junta de Clasificación para la Educación Secundaria y Artística. En tanto que Gerardo Ayala quedó en la Junta de Clasificación para la Educación Técnica, Agraria, Agrotécnica y Formación Profesional y Jorge Cardozo en la Junta de Disciplina, quienes se integrarán a los miembros que representan a los sindicatos.
López resaltó que “el gobernador tomó la decisión de normalizar esta situación porque hace mucho tiempo no estaban designados los representantes del Estado en estas Juntas, por lo que se venía trabajando con padrones desactualizados, dificultando así el ingreso de los docentes noveles”.

Funciones de las Juntas

De acuerdo con lo establecido en la Ley 3723, en cada nivel de la enseñanza se debe constituir una Junta de Clasificación que estará integrado por miembros elegidos por el voto secreto y obligatorio del personal docente titular, que tienen representación gremial, y por miembros que son designados por un decreto del gobernador, en representación del Estado.
Las autoridades electas duran en sus funciones cuatro años y no podrán ser reelegidas ni designados nuevamente para el periodo siguiente. Tampoco podrán ser removidos; excepto, si perdieron las condiciones que para el docente exige la presente ley y su reglamentación.
La Junta de Clasificación se constituye para cada uno de los niveles de la enseñanza y sus funciones tienen relación con el estudio de los antecedentes del personal y la clasificación de estos por orden de mérito, formulando anualmente las nóminas de los aspirantes a interinatos, suplencias, ingresos y acrecentamiento de horas cátedra sobre la base de lo que se define la designación de titulares.
También les corresponde confeccionar las listas de docentes titulares en condiciones de ascenso y dictaminar los pedidos de traslados, permutas, reincorporaciones y reubicaciones, entre otras competencias.
Por otra parte, la Junta de Disciplina, integrada por representación gremial y estatal, tiene la responsabilidad de estudiar los sumarios que se instruyen y aconsejar las medidas de procedimientos o diligencias que consideren necesarias.
Asimismo tiene a su cargo dictaminar y proponer las sanciones a aplicar en cada caso, y expedir los dictámenes e informes que le requieran las autoridades competentes.