19/04/2024

Dictan 14 años de prisión para padre que abusó de su hija



El Tribunal Oral Penal 2 de Corrientes, condenó a 14 años de prisión a un hombre que abusó de su hija durante varios años. El caso fue denunciado por los médicos que atendieron a la joven en el Hospital e intervino la Asesoría de Menores ante la falta de acción de la madre. Durante las audiencias se requirió la presencia de un interprete de lengua de señas ya que ambos progenitores poseen una discapacidad auditiva.

El TOP dictó la condena de 14 años de prisión al hombre por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma,, en la modalidad de delito continuado en calidad de autor material”.

Integrado con la presidencia del doctor Ariel Azcona y los vocales doctores Juan José Cochia y Román Facundo Esquivel, el TOP desestimó la petición de la defensa de que el imputado fuera absuelto.

El planteo estaba fundad0 en que la madre de la víctima no había notado nada, y que también otros familiares no habían observado cambios de conducta en la joven.

La causa se inició en virtud de los informes remitidos por el Servicio Social del Hospital Pediátrico Juan Pablo II a las autoridades judiciales competentes, siendo instada la acción penal en principio por la Asesora de Menores e Incapaces N°4, doctora Estela Fanny Romano ante la falta de denuncia por parte de la progenitora de la adolescente.

Para resolver de este modo, el TOP N°2 tuvo en cuenta los informes psicológicos daban cuenta el avasallamiento psíquico que la menor sufría por los acontecimientos vivenciados, la ausencia de la progenitora en momentos en que el hecho acaecía, la obligación auto impuesta de cuidar a sus hermanos y protegerlos sumado a las amenazas recibidas.

La situación de la adolescente la llevó al abandono del hogar en varias oportunidades, a dejar la escuela y al consumo de estupefacientes, todo lo cual se encontraba probado en la causa. En las declaraciones vertidas explicó que “guardó silencio por mucho tiempo por miedo” y su necesidad de hacerse cargo de la protección de su madre y hermanos menores.

La causa tuvo la particularidad de que tanto el padre como la madre de la joven –que negó sistemáticamente los hechos- son personas con discapacidad auditiva por lo que para asegurar los derechos de defensa de ambos las audiencias requirieron un intérprete de lenguaje de señas. El Instituto Hellen Keller envío un profesional que los asistió en todo momento.

El TOP además devolvió el expediente al Juzgado de Menores N°2, instando al seguimiento tutelar de los hermanos pequeños y al tratamiento psicológico de la víctima. También encomendó al familiar que en este momento tiene la guarda de la menor a que realice los trámites pertinentes para conseguir los turnos del tratamiento psicológico, el cual deberá ser acreditado cada 6 meses ante el Tribunal donde se radique la causa, hasta que la adolescente alcance la mayoría de edad.

La decisión de que la joven viva con un familiar está directamente vinculado con los intereses contrapuestos entre ella y la madre, en quien no encontró contención alguna.