20/04/2024

​Prisión perpetua para una mujer que le pagó a su amante para que mate a esposo

 



El Superior Tribunal de Justicia en audiencia oral, que garantiza la celeridad de los procesos, dictó la sentencia penal N° 172/21 en la que rechazó el recurso de casación articulado por la defensa particular.

El Tribunal Oral Penal (TOP) de Goya – hoy Tribunal de Juicio- consideró en su momento que colaboró y facilitó los medios para que otra persona cometa el delito. La Corte Provincial confirmó la sentencia al dictar la sentencia penal N° 172/21 en la que rechazó el recurso de casación articulado por la defensa particular.

De esta manera se confirmó la sentencia a prisión perpétua  a Vanesa Soledad Galván por el delito de Homicidio Calificado por el vínculo en calidad de partícipe necesario en perjuicio de su esposo Ramón López el 4 de agosto del 2016. Estos delitos están previstos y penados por el artículo 80, inciso 1° y 45 del Código Penal.

La sentencia recurrida fue la N° 171/2018 dictada por Darío Ortíz, Julio Ángel Duarte y José Luis Acosta, quien votó en disidencia y el fiscal fue el doctor Guillermo Rubén Barry.

El fiscal general, Cesar Pedro Sotelo dictaminó por declarar admisible el recurso y el fiscal adjunto lo hizo vía on line. La audiencia en la que se rechazó el recurso se realizó en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal.

Estuvieron presentes los ministros Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Panseri y Guillermo Horacio Semhan, mientras que los doctores Fernando Augusto Niz y Alejandro Chaín, participaron en forma remota.

Este tipo de audiencias orales se materializarán durante el resto del año, una vez por semana, ya que garantizan celeridad, inmediatez, transparencia, eficacia y eficiencia en los procesos.

El fiscal adjunto, Jorge Omar Semhan, la defensa particular y la querella participaron a través de la plataforma Cisco Webex Meetings (en forma remota) en cumplimiento a las medidas de aislamiento dispuestas en el marco de la pandemia por COVID-19.

Los fundamentos de la sentencia del Superior Tribunal serán dados a conocer el jueves 29 de julio a las 12 horas, debido al receso invernal.

El hecho

Según el requerimiento de elevación a juicio el hecho ocurrió aproximadamente a las 0.30 horas del 4 de agosto de 2.016 en Esquina, cuando el marido de Vanesa Galván, Ramón López con quien estaba casado desde el 2009, regresaba caminando a su casa luego de trabajar en la empresa Zeni fue atacado a balazos.

A López le dispararon nueve veces con un arma calibre 9 mm. Dos de esos disparos impactaron en su cuerpo y horas más tarde le provocaron la muerte en el hospital local donde fue trasladado por vecinos. 

El victimario se dio a la fuga en una motocicleta de 110 cilindradas. Según dos de los miembros del tribunal de juicio, la mujer estaba casada con la víctima y mantenía una relación paralela con el responsable de su muerte, quien fue identificado como Gustavo Daniel Alegre, de 28 años de edad en ese entonces, quien era empleado de la empresa Prosegur en la ciudad de Rosario.


Galvan le había encargado a su amante la muerte de su esposo a cambio de una suma de dinero. El crimen habría estado motiva por una supuesta mala relación con su esposo le habría encargado que lo matara a cambio de dinero.

Este dinero lo obtuvo de las extracciones del cajero del Banco Nación, sucursal Esquina y sirvió no solo para que abone su estadía en esa ciudad, situación que era común que lo hiciera, sino también, le brindó una suma extra para que pagara su regreso a Rosario donde vivía.

Alegre nunca pudo ser detenido ni interrogado. Era oriundo de Esquina, pero se había mudado a los 14 años a la casa de unas tías en el barrio La Rana, en Villa Gobernador Gálvez,provincia de Santa Fe. Una semana después del crimen de López, fue asesinado con un balazo en la cabeza y su cuerpo apareció al costado de un camino en la zona rural de Alvear.

En Galvez terminó de estudiar y llegó a cursar el primer año en el Instituto de Seguridad Pública de la Provincia de Santa Fe (Isep), quería ser policía, pero abandonó. Fue ahi cuando comenzó a trabajar en una agencia de seguridad privada. En su espalda lucía un tatuaje de San La Muerte y era fanático practicante del sanda, un arte marcial oriental con técnicas de combate libre.

El lunes 8 de agosto de 2016 su pareja en Santa Fe, hizo una denuncia por averiguación de paradero luego de que no se presentara a trabajar. Finalmente el 11 de agosto, exactamente una semana después de haber assinado a López en Esquina, el cuerpo de Alegre apareció en un montecito que se levanta al costado del camino que une Villa Gobernador Gálvez con Alvear. Estaba sentado entre los arbustos, cruzado de piernas y brazos, con un disparo en la cabeza, con orificio de entrada y salida. Llevaba puesta una pistolera de poliamida pero no tenía arma.

Entre sus ropas tenía su billetera y la documentación como legítimo usuario de un arma de fuego. Tampoco se encontró su moto. Alegre tenía dos pequeños hijos de diferentes parejas, según contaron los vecinos que lo conocían en barrio La Rana de Villa Gobernador Gálvez.

Fuentes cercanas al caso indicaron en aquel momento que tras el asesinato por el cual lo acusaban en Esquina, Alegre estuvo refugiado en una humilde vivienda de La Ribera y la bajada Maipú, un territorio costero de Villa Gobernador Gálvez bajo el control del barra brava de Newell's apodado "Checho".

El recurso

La defensa particular fundó su apelación porque consideró que no existen pruebas que permitan vincular a la condenada con el homicidio de su esposo.

Sostuvo que los testigos no aportaron datos ni elementos relevantes y  verificables por prueba independiente que resulten útiles a los fines de la imputación.

Coincidió con lo que expresó en el voto en minoría el doctor José Luis Acosta respecto que el testimonio más relevante fue el prestado por uno de los testigos que estuvo a escasos metros del lugar del hecho y fue el primero en auxiliar a la víctima.

Éste no pudo aportar ningún dato cierto y concreto que sirva para identificar al asesino. Sería absurdo entonces relacionar a la condenada con una persona que no ha sido reconocida.