28/03/2024

El Ioscor exime de trámites a beneficiarios ante la emergencia



El Instituto de Obra Social de Corrientes (Ioscor) informó que, por 60 días, aquellos afiliados que acceden por vía de excepción podrán continuar con la cobertura del 100 % de los medicamentos, incluyendo a quienes poseen planes especiales. Ello implica que los beneficiarios deberán concurrir directamente a las farmacias habilitadas sin necesidad de realizar trámite alguno en las oficinas de la obra social. 
La medida fue adoptada en el marco del decreto nacional que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio ante la pandemia del coronavirus.
Los planes especiales brindan a los afiliados un 100 % de cobertura en Plan Materno-Infantil, Mujer, Oncológico, Celíacos, VIH, Enfermedades Especiales, Diabetes, Hipertensión Arterial, Cesación Tabáquica, Asma Bronquial, EPOC y Prodisper, al igual que en los medicamentos considerados “más caros”, lo que redunda en “un ahorro importante para los correntinos”, indicaron desde esa institución.
La obra social brinda la cobertura para la prevención y detección precoz del cáncer de mama y de cuello uterino, a través de la implementación de una chequera –según la edad y los antecedentes familiares– que incluye prestaciones totalmente gratuitas con una cobertura del 100 % a cargo del Ioscor.
El plan Mujer está compuesto por dos grupos etarios: desde los 15 a los 34 años y a partir de los 35 años hasta los 70.

Tratamientos impostergables

Por otra parte, y también debido a la emergencia sanitaria, el personal del Ioscor decidió trabajar de manera telefónica ante casos de “urgencias y tratamientos impostergables”. 
La Resolución Nº 1947 del Ioscor dispone medidas en lo que refiere a normas y procedimientos, y aprueba los modelos de planilla de consultas, de prácticas y estudios, y el de recetario. En lo que refiere a consultas, a partir de ahora no será necesaria la presentación de las órdenes para la atención, por tal motivo la institución no realizará entrega de las mismas y para la acreditación de la consulta deberá cumplimentarse la planilla con los requisitos allí previstos, y que los prestadores deberán confeccionar por código. Y la afiliación será comprobada con el recibo de sueldo.
Para la prescripción de los medicamentos se utilizará el formulario personal del médico, aclarando apellido y nombre del paciente, DNI y número de orden de atención, con firma y sellos del profesional, por lo que el Ioscor no entregará más recetarios. 
En lo que respecta a internaciones, se llevarán a cabo con la sola presentación del recibo de sueldo; y los nosocomios que no cuenten con acceso al padrón de afiliados serán los encargados de tramitar la constancia de afiliación ante el Ioscor, una vez al día o plazo mayor.
En lo que refiere a prácticas y estudios de ambulatorios e internados, no se requerirá autorización previa en la casa central, ya que cada prestador (centro de salud o profesional) realizará la práctica, quedando sujeto a auditoría posterior. Para la acreditación de la atención en estos casos, se deberá cumplimentar la planilla con los requisitos allí previstos, mientras que la afiliación será acreditada con el recibo de sueldo y/o la constancia de afiliación, que será tramitada por el respectivo centro de salud. Los prestadores deberán confeccionar una planilla por código.
Todos los profesionales y centros de salud deberán atender a los afiliados y realizar las prácticas, sin autorización previa. Las mismas deberán plasmarse en las planillas recién mencionadas, con firma y sello del profesional y firma del paciente, las que tendrán validez para su facturación al Ioscor.
Por otra parte, las derivaciones a centros de mayor complejidad se autorizarán por urgencias o tratamientos impostergables. Para odontología se suspende la auditoría PRE, se autorizan las fichas odontológicas con el sello “sujeto a auditoría posterior”, con la colocación del coseguro correspondiente.
Además, quedan suspendidas las consultas y atención oftalmológicas en la casa central. En lo que respecta a óptica social, no se atenderá al público hasta el 31 de marzo y solo se entregarán trabajos pendientes, previa comunicación con el sector.
Todas las consultas por trámites serán canalizadas vía telefónica, en los horarios de atención, a los números (0379) 4322 225, 4322 241, 4427 653 y 4474 569, o al correo electrónico tramites@ioscor.gob.ar.
En este sentido, se recomienda la no concurrencia a las instalaciones del Ioscor de menores de edad, embarazadas, mayores de 60 años y afiliados con enfermedades preexistentes, durante el período de cuarentena establecido en el decreto provincial.