19/04/2024

Con fines de adopción, otorgan la guarda de un niño a matrimonio de mujeres

El Juzgado de Menores Nº 3 de la capital otorgó a la pareja la tenencia provisoria de un bebé de cuatro meses. La madre biológica no se encuentra en condiciones de tenerlo. El pequeño padece algunos inconvenientes de salud.  



Un niño de casi 4 meses de edad fue entregado en guarda con fines de adopción a un matrimonio de mujeres. El chiquito padece problemas respiratorios, además de un posible síndrome, en tanto que el estudio de VDRL de detección de la bacteria de la sífilis dio positivo. El pequeño se encontraba hospitalizado por afecciones respiratorias al cuidado del personal del Hogar “Tía Amanda”, después de que el matrimonio que lo tenía la guarda transitoria manifestó su imposibilidad de continuar cuidando el niño. 
La madre biológica fue declarada como imposibilitada de tenerlo a raíz de problemas psiquiátricos.
Ante este cuadro de situación, la magistrada a cargo del Juzgado de Menores Nº 3 de la capital, Pierina Itatí Ramírez, lo declaró en situación de adoptabilidad una vez que el niño se encontraba en mejores condiciones de salud. 
El paso siguiente fue contactarse de modo urgente con los inscriptos en el Registro Único de Adoptantes, con prioridad a los que viven en la provincia. Tras una audiencia, la magistrada seleccionó al matrimonio de mujeres.
“Las señoras provocaron en mí la más íntima convicción de que serán las madres idóneas para brindar el cuidado, contención y amor que este niño necesita. Se mostraron felices ante la posibilidad de ahijar al bebé pese a todos sus antecedentes genéticos, su delicado estado de salud y los posibles diagnósticos médicos que futuro pudieran llegar a instalarse”, expresó en sus fundamentos la jueza Ramírez.
Y agregó: “Noté en ellas una genuina y acérrima convicción a la disponibilidad adoptiva de la situación planteada. No dudaron ante las potenciales complicaciones de salud que el niño pudiera exhibir más adelante; ni siquiera atisbaron a cuestionar su estado actual. Se mostraron exultantes ante la posibilidad de acogerlo”.

Guarda con fines adoptivos

Fuentes allegadas al Juzgado dijeron a La República que, si bien no cuentan con un registro de los casos que se encuentran en proceso de guarda con fines adoptivos a matrimonio igualitario, “sin dudas es uno de los primeros que reviste estas características”. 
El proceso tiene la función de evaluar el vínculo afectivo que se genera entre el o los pretensos adoptantes seleccionados por el juez y el niño, niña o adolescente.
El matrimonio tendrá al niño por 6 meses, período en el cual será evaluado por profesionales. Al finalizar el lapso, el Juzgado otorga la adopción.
Para la selección, el juez toma en cuenta las condiciones personales, edades y aptitudes del o de los adoptantes; su idoneidad para cumplir con las funciones de cuidado, educación; sus motivaciones y expectativas frente a la adopción; el respeto asumido frente al derecho a la identidad y origen del niño, niña o adolescente.
La magistrada señaló que la Convención Americana de Derechos Humanos proscribe “cualquier norma, acto o práctica discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona”. 
Eso significa que ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual.
Valoró lo que era mejor y más adecuado para el niño, entendiendo que este matrimonio satisfacía las necesidades específicas y delicadas que su integridad psicoafectiva exigía.