16/04/2024

Autorizaron el ingreso vía Puerto Iguazú de dos hembras de yaguareté para el Iberá

Mariuá y Juruna llegarán desde Brasil, en el marco de reinserción de la especie en la provincia de Corrientes. 



El Gobierno nacional autorizó ayer el ingreso de dos ejemplares de yaguareté hembras provenientes de Brasil y destinados a las instalaciones del Centro Experimental de Cría de Yaguareté (CECY) de la Fundación The Conservation Land Trust, en la provincia de Corrientes.
Se trata de Mariuá y Juruna, que están en un criador científico a pocos kilómetros de Brasilia. Por estos días, los especialistas de CLT hacen chequeos sanitarios exigidos por el Senasa para aprobar el ingreso, que, como excepción, se hará por Iguazú, ya que todo animal “extranjero” debe entrar por Ezeiza.
Será la segunda vez que se permite el ingreso de un yaguareté para el proyecto de reintroducción de especies en Corrientes. El primero fue Chiqui, el macho paraguayo que aportó la Entidad Binacional Yacyretá y que terminó siendo el padre de los dos cachorros que parió Tania. 
Según la Resolución 52/2018, publicada ayer en el Boletín Oficial, se autorizó la importación de dos ejemplares hembras de yaguareté (Panthera onca), provenientes de la República Federativa de Brasil, por el paso fronterizo Foz do Iguaçu-Puerto Iguazú, con destino a la provincia de Corrientes, a las instalaciones del CECY, de la Fundación The Conservation Land Trust.
De esta manera, teniendo en cuenta los términos de la medida, la autorización dispuesta tendrá vigencia por el término de un año.
La Fundación The Conservation Land Trust solicitó la importación de dos ejemplares hembras de yaguareté provenientes de Brasil, para incorporarlas al CECY, los cuales, por motivo de bienestar animal, serán ingresados al país por el paso fronterizo Foz do Iguaçu, perteneciente a Brasil, y Puerto Iguazú, del territorio argentino. 
El Decreto Nº 666 de fecha 25 de julio de 1997, establece que las autoridades deben respetar el equilibrio entre los diversos beneficios económicos, culturales, agropecuarios, recreativos y estéticos que la fauna silvestre aporta al hombre, dando en todos los casos la debida importancia a su conservación como criterio rector de los actos que se otorguen. 
En este sentido, “resulta necesario que en la utilización sustentable de la fauna silvestre se prioricen y apliquen todas las medidas y procedimientos necesarios para su preservación”, resalta el texto oficial.
Asimismo, la Dirección Nacional de Biodiversidad de la Secretaría de Política Ambiental en Recursos Naturales, de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, elaboró el pertinente informe técnico que avala esta decisión.