29/03/2024

“El no pago de cuota alimentaria es violencia económica y de género”

Así se refirió el juez Eduardo Modenutti, en declaraciones a La República, sobre la sentencia en un caso en el que un hombre incurrió en ese delito, “con la clara intencionalidad de infligir daño contra la madre y el menor”. 



“La decisión se fundamentó porque, ante todo, el hombre faltó a un compromiso de paso de cuota alimentaria ratificada ante la Justicia. Ante esta situación, la mujer concurrió al Juzgado para hacer este reclamo y nos correspondía actuar en consecuencia”, dijo el juez de Paz de Itá Ibaté, Eduardo Modenutti, a La República
Según el magistrado, se comprobó que el hombre declaró un domicilio falso ante la Prefectura Naval Argentina, organismo en el que prestaba funciones. “Entonces contábamos con una serie de elementos que indicaban que no había ninguna intención de cumplir con el acuerdo realizado ante la Justicia, amén de la intencionalidad de hacer daño. A eso hay que sumarle la falta de cumplimiento de los derechos del niño a tener asistencia y el cumplimiento de la obligación como padre”.
En relación con la figura de violencia de género, Modenutti remarcó que esta situación a la que se vio sometida la madre del menor “la deja en un estado de menor calidad de vida del que se merece porque se ve obligada a salir a trabajar para poder garantizarle las condiciones dignas, además de todas las tareas propias que debe cumplir en su rol de madre y ama de casa, que también deben ser valorados”.
“Estos son algunos de los puntos que fueron tenidos en cuenta en el fallo, porque, además del incumplimiento, se ejerce violencia económica y este es un tema del que tenemos que empezar a ver y tratar como sociedad. Solo basta tener en cuenta la cantidad de mamás que ya están separadas, deben acceder a tener relaciones sexuales con su exmarido solo con el fin de acceder a una cantidad ínfima de dinero para cuidar y alimentar a sus hijos. Esta es una conducta que estamos tapando y que son parte de la realidad. Ella se ve obligada a entregar su cuerpo para que sus hijos no pasen hambre. Esto simplemente es aberrante y tenemos que dejar de taparlo”, reflexionó.
“La violencia económica, entendida como la serie de mecanismos de control y manejo –no proveer recursos económicos, por ejemplo–, es una de las formas más tremendas de violencia que muestra las relaciones de poder que se establecen entre mujeres y hombres porque queda en manos de estos últimos un poder acompañado de la sumisión o subordinación de las mujeres”, sostuvo.
A través de su fallo, Modenutti entendió que “de por sí, el incumplimiento alimentario en sus distintas variables (total, parcial, tardío, etc.) constituye un modo particularmente insidioso de violencia de género en la familia porque ocasiona un deterioro de la situación socioeconómica de la mujer. Eso limita los recursos destinados a satisfacer sus necesidades y la priva de los medios imprescindibles para afrontar la vida con dignidad”.
Finalmente, el magistrado recaratuló las actuaciones y, en carácter de alimentos provisorios, otorgó una suma equivalente al 20% de los haberes mensuales que percibe el padre, personal retirado del Prefectura Naval Argentina.
Dispuso también que el monto sea descontado por esa institución y depositado del 1 al 10 de cada mes en una cuenta judicial para que la cobre la madre del niño. Luego, indicó que la causa sería remitida al Juzgado de Familia de la ciudad de Corrientes, que resultara competente.
En adelante, el padre deberá contar con un abogado y, en caso de carecer de recursos económicos, podrá acudir ante este Juzgado de Paz para la realización de las gestiones necesarias para la actuación de la Defensoría Oficial de Pobres y Ausentes.

Contexto

El caso se inició ante el Juzgado de Paz de Ita Ibaté como un caso por alimentos, donde se llegó a un acuerdo entre las partes, homologándose el mismo. Luego de que transcurrieran 4 meses sin que el padre del niño abonara a la madre la cuota alimentaria, esta última se presentó a los estrados del Juzgado de Paz a realizar el correspondiente reclamo.  
Ante esta situación, el juez de Paz señaló que la falta reiterada por parte del alimentante admitía la adopción de medidas como el embargo preventivo.