28/03/2024

Diputados: media sanción para que los Municipios puedan actualizar el impuesto inmobiliario



En su sesión ordinaria Nº 19, la Cámara de Diputados de la Provincia dio media sanción al proyecto de ley que otorga a los Municipios la potestad de actualizar los valores del impuesto inmobiliario urbano.
La iniciativa “delimita claramente” la competencia tributaria sobre el impuesto inmobiliario urbano y subrural, adecuando la normativa vigente respecto de la competencia de valuación inmobiliaria, de acuerdo con la facultad de percepción tributaria, transfiriendo la competencia valuativa a las Comunas (referente a inmuebles urbanos y suburbanos) para evitar conflictos legales.
Durante su tratamiento, varios diputados manifestaron que es “un acto de justicia para la comunas”, destacándose que se trabajó de manera conjunta entre los representantes de todas las bancadas para lograr esta “herramienta para mejor organización”. Algunos, incluso, expresaron que como se encontraba la normativa actualmente, no se respetaba el espíritu de la reforma constitucional de 2007.
El artículo 1 de la iniciativa, que pasó a la Cámara de Senadores, “modifica el art. 18 de la Ley 1566, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 18.- La valuación de las parcelas rurales ubicadas en la Provincia quedará sujeta a las disposiciones de la presente ley. La valuación de las parcelas urbanas y suburbanas o subrurales serán realizadas por cada Municipalidad dentro de su jurisdicción conforme a lo estipulado por la Ley 6081”.
En los articulados, se establecen los procedimientos a realizar junto a la Dirección General de Catastro y Cartografía y la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, mediante convenios para intercambio de información y situación de dominio de los inmuebles en cuestión.